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Para terminar con esta serie de temas en torno al ministerio petrino, presentamos el tema de la Infalibilidad. Un tema importante que, muchas veces, es malinterpretado por los propios católicos.

En relación con la Traditionis Custodes, es importante resaltar que la derogación de la Summorum Pontificum no responde a una definición dogmática infalible. Es una medida disciplinar del Papa Francisco. Así como la impuso, la puede quitar, él mismo u otro Papa.

Espero que este viaje que hemos realizado a través de la Sagrada Escritura para conocer el fundamento del ministerio petrino haya sido de provecho para todos.

¡Que el Señor nos bendiga, nos proteja y nos libre de todo mal, amén!

Cum Petro et Sub Petro


Acerca de la Infalibilidad

Considerando que el poder de atar y desatar se identifica con la autoridad para pronunciar sentencias doctrinales, surge la necesidad de que dicha enseñanza esté libre de errores. Esto implica, por lo tanto, que el ministerio petrino tenga una gracia especial para enseñar sin error, con la asistencia y poder del Espíritu Santo que confirma su cátedra. En este sentido, se puede afirmar que Pedro, en comunión con el colegio de los obispos, goza de lo que se denomina “infalibilidad”. 

Infalibilidad de la Iglesia

Ahora bien, en la carta del apóstol san Pablo a Timoteo, se puede leer una aseveración importante sobre la Iglesia:

«pero si tardo, para que sepas cómo hay que portarse en la casa de Dios, que es la Iglesia de Dios vivo, columna y fundamento de la verdad»

(1 Tim 3,15)

De manera que, la Iglesia, como columna y baluarte de la verdad, tiene y sostiene la enseñanza -la revelación divina-, acerca de Dios y del hombre. Dicha revelación es aceptada y recibida en la Iglesia mediante la fe. Por eso, santo Tomás de Aquino expresó que “es imposible que el juicio de la Iglesia universal yerre en lo que se refiere a la fe” (Ocáriz & Blanco, 2008).

Por lo tanto, la Iglesia es infalible al creer y profesar la fe[1]. La Congregación para la Doctrina de la Fe, en la declaración Mysterium Ecclesiae (1973), lo explica de la siguiente manera:

Dios mismo, pues, absolutamente infalible, ha querido dotar a su nuevo Pueblo, que es la Iglesia, de una infalibilidad participada, circunscrita a las cosas que se refieren a la fe y las costumbres.

(Ocáriz & Blanco, 2008)

Desde luego, cada miembro de la Iglesia, por sí sólo, puede errar en materia de fe y moral. Pero la Iglesia como tal, no.

Infalibilidad del Colegio de los Obispos

Además de la infalibilidad en la fe, la potestad de “atar y desatar” lleva implícita la infalibilidad en la enseñanza o magisterial. Al respecto, el Concilio Vaticano II, en el n. 12 de la constitución dogmática Lumen Gentium, expone lo siguiente:  

Aunque cada uno de los obispos no goce de la prerrogativa de la infalibilidad, sin embargo, cuando -aun estando dispersos por toda la tierra, pero manteniendo el vínculo de comunión entre sí y con el sucesor de Pedro-, al enseñar auténticamente en materia de fe y costumbres, coinciden en que una doctrina ha de ser tenida como definitiva, entonces expresan infaliblemente la doctrina de Cristo. Esto se da de una manera más clara cuando, reunidos en Concilio Ecuménico, son para toda la Iglesia maestros y jueces en materia de fe y costumbres, a cuyas definiciones hay que adherirse con la sumisión de la fe […]. De esta infalibilidad goza, en virtud de su cargo, el Romano Pontífice, Cabeza del Colegio de los Obispos, cuando, como supremo pastor y doctor de todos los fieles que confirma en la fe a sus hermanos (cfr. Lc 22, 32), proclama una doctrina de fe o de costumbres como un acto definitivo. 

(Ocáriz & Blanco, 2008)

Finalmente, siguiendo la Mysterium Ecclesiae, la infalibilidad de la que Dios ha dotado a su Iglesia es participada, es decir, recibida de Dios, y limitada. Es limitada, porque se refiere sólo a cuestiones de fe y moral, y es recibida, no por los miembros de la Iglesia en sí, sino por la Iglesia en su totalidad y por su magisterio, el cual se manifiesta, principalmente, en las definiciones de los Concilios Ecuménicos y en las definiciones ex cathedra del sucesor de Pedro.

Infalibilidad del sucesor de Pedro

De tal manera pues, que el obispo de Roma es infalible cuando habla ex cathedra, es decir, cuando define una verdad revelada, un dogma de fe.

Cabe mencionar que, cuando se han pronunciado dogmas es porque la fe de la iglesia se ha visto amenazada por las herejías, y no han salido de otro lado que del depósito de la fe. Al respecto, ha dicho el prominente escritor norteamericano Karl Keating, fundador del ministerio Catholic Answers (1986), matemático, doctor en jurisprudencia, y graduado en teología:

Un pronunciamiento papal infalible se realiza solamente cuando una doctrina es cuestionada. No ha habido dudas de parte de la vasta mayoría de los católicos en lo que respecta a la mayor parte de dichos pronunciamientos, sin embargo, en casi cualquier época uno podría encontrar a alguien que negara una creencia dada. Fíjese el lector en el Catecismo y mire que gran cantidad de doctrinas hay allí que nunca han sido formalmente definidas por una declaración papal ex cátedra. De hecho, pocos tópicos existen en los que un Papa pudiera emitir una decisión infalible sin secundar pronunciamientos infalibles de alguna otra fuente, como ser un concilio ecuménico o una enseñanza unánime de los Padres de la Iglesia. 

(Keating, 1988)[2]

En esta línea de reflexión, es necesario señalar que el Papa, aunque tiene la primacía, no es la única autoridad (Tarancón, 1963) o, dicho de otro modo, el Papa es infalible sólo en comunión con el Colegio Episcopal (cf. 1 Tim 3,15).

Infalible no es impecable

Es importante aclarar que la infalibilidad alude a enseñar sin error en materia de fe y moral, pero no, como se suele creer, a que la conducta sea impecable. De hecho, Pablo reprende a Pedro porque éste era un ejemplo para los cristianos, por lo tanto, su conducta debía ser la correcta[3]. Al respecto, el primitivo cristiano Tertuliano (160-225 d.C.), dijo:

Si Pedro fue reprochado [por Pablo], la falla fue de proceder y no de doctrina.

(Tertuliano, Prescripciones contra las Herejías)

Ciertamente, puede haber algún Papa que contradice la disciplina u opiniones de otros papas, pero nunca en cuestiones de fe. Incluso puede haber algún Papa pecador público, cuya vida moral no sea ejemplo cristiano, con todo, nunca enseñará ex cathedra doctrina alguna contra la fe.

Diferencia entre la enseñanza del Papa y la de los teólogos

Es diferente el caso de los teólogos, quienes buscan explicar de manera exhaustiva la verdad revelada, y pueden fallar en el intento. En cambio, el Papa tiene otra misión, la de vivir, anunciar y defender esa fe revelada, llevarla a todas las naciones por medio de la Iglesia, apacentando el rebaño del Señor. 

El Papa y el Colegio Episcopal proclaman y custodian el depósito de la fe revelada por Dios en la Sagrada Escritura y la Sagrada Tradición, por eso no pueden enseñar el error cuando hablan solemnemente en nombre de toda la Iglesia, pero, en efecto, individualmente y en nombre propio, sí pueden errar.

Fuente: J. R. Getsemaní F. R., «Y sobre esta Piedra: exégesis de Mt 16,18».


[1] Ver, también, las dos tradiciones de Mt 16,18 (capítulo III, 1.2-1.3 de esta obra), donde Jesús promete que el infierno no prevalecerá contra Pedro (tradición hebrea), ni contra la Iglesia (tradición griego-aramea).

[2] Traducción de Carlos Caso-Rosendi (www.apologetica.org)

[3] El conflicto entre Pedro y Pablo se analizó en el capítulo I, 2.2, “el primero entre iguales”.